Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 11 de Mayo de 2018 (Tesis num. I.7o.A.170 A (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 11-05-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2016882
Número de resoluciónI.7o.A.170 A (10a.)
Fecha de publicación11 Mayo 2018
Fecha11 Mayo 2018
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.7o.A.170 A (10a.)

El esquema procesal sumario se introdujo a la justicia contenciosa administrativa federal para agilizar la solución de los conflictos de cuantía menor o de poca complejidad, permitiéndose emplear más tiempo en los asuntos de mayor relevancia. Para ello, se redujeron los plazos y obstáculos procesales, a fin de tener a la brevedad la solución de la controversia y la firmeza de la sentencia. En consecuencia, el artículo 58-15 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, al disponer que en lo no previsto en el capítulo específico que regula la sustanciación y resolución del juicio de anulación en vía sumaria, se aplicarán las demás disposiciones de ese ordenamiento, debe interpretarse en el sentido de que el plazo general de tres días es aplicable únicamente a los actos emitidos en ese procedimiento. Por tanto, el plazo para la interposición del recurso de queja por repetición del acto declarado nulo en el juicio contencioso administrativo sustanciado en la vía sumaria es de quince días, contado a partir de que surta efectos la notificación de la actuación considerada repetida, conforme al artículo 58, fracción II, inciso a), número 1, inciso b), del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR