Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 2 de Febrero de 2018 (Tesis num. XXVII.3o.34 A (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 02-02-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXVII.3o.34 A (10a.)
Fecha de publicación02 Febrero 2018
Fecha02 Febrero 2018
Número de registro2016174
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVII.3o.34 A (10a.)

De conformidad con los artículos 5o., fracción II, 81, fracción I, inciso a) y 87 de la Ley de Amparo, en concordancia, por analogía, con la jurisprudencia 2a./J. 77/2015 (10a.), sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título y subtítulo: "REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. LA LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER ESTE RECURSO DERIVA NO SÓLO DE LA CALIDAD DE PARTE, SINO ADEMÁS, DE QUE LA SENTENCIA COMBATIDA LE AGRAVIE COMO TITULAR DE UN DERECHO O PORQUE CUENTE CON LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE AQUÉL.", el director general de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, carece de legitimación para interponer el recurso de revisión contra la sentencia interlocutoria que concedió la suspensión definitiva en un juicio de amparo indirecto en materia administrativa en el que figura como autoridad responsable, para que se paralice una autorización que otorgó, en tanto que, aunque es parte legitimada para defender el acto que de ella se reclamó en el juicio de derechos fundamentales, en la medida precautoria no se prejuzga sobre la constitucionalidad de éste; de ahí que dicha determinación no le agravie.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Incidente de suspensión (revisión)...

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