Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 8 de Diciembre de 2017 (Tesis num. I.5o.A.7 K (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 08-12-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.5o.A.7 K (10a.)
Fecha de publicación08 Diciembre 2017
Fecha08 Diciembre 2017
Número de registro2015849
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.5o.A.7 K (10a.)

En los juicios de amparo cuya materia se integra a partir del derecho que hace valer el quejoso para que sus datos financieros y personales no se hagan públicos, por ejemplo, su nombre, domicilio, Registro Federal de Contribuyentes o el monto por el cual se le condonaron diversos créditos fiscales, pues considera que las resoluciones que así lo ordenan son inconstitucionales, el Juez de Distrito tiene a su alcance diversas facultades para implementar los medios pertinentes a fin de salvaguardar esa información, por lo que todos los partícipes en la tramitación del amparo tienen la responsabilidad y obligación de observar esas medidas. Por ende, si el juzgador se encuentra obligado por ley a llamar a juicio a los terceros interesados y éstos pretenden tener acceso a la información del quejoso, debe hacerlo con absoluto cuidado de que sea únicamente a lo que considere esencial para su defensa, ya que se encuentra bajo su más estricta responsabilidad evitar difundir los datos en litigio.


QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL...

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