Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2017 (Tesis num. I.1o.P.65 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-09-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.1o.P.65 P (10a.)
Fecha de publicación01 Septiembre 2017
Fecha01 Septiembre 2017
Número de registro2015077
MateriaConstitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.1o.P.65 P (10a.)

Resulta procedente que se revise la medida cautelar de prisión preventiva decretada en el sistema mixto o tradicional, porque está relacionada con el derecho humano a la libertad, en el sentido de que ésta sea la regla y aquélla la excepción, por lo que es dable aplicar el artículo quinto transitorio del decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones, entre otras, del Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio de 2016, porque éste resulta de mayor protección a ese derecho, al permitir la revisión de la prisión preventiva; de ahí que se le considere una norma de derechos humanos. Ello, porque el artículo cuarto transitorio del diverso decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en dicho medio de difusión oficial el 18 de junio de 2008, es una norma transitoria que regula el ámbito de validez espacial del sistema penal acusatorio, sin que contenga alguna restricción al derecho humano a la libertad, pues aun ante su existencia, debe aplicarse lo que resulte más benéfico al quejoso, que es el artículo quinto transitorio referido, porque es más protector del derecho a la libertad, al permitir la verificación de la medida cautelar y, posiblemente, materializar la interpretación del artículo 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, realizada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el sentido de que la libertad es la regla y la excepción la prisión preventiva. Sin que dicha interpretación atente contra el principio de supremacía constitucional, en virtud de que el artículo cuarto transitorio indicado, aun cuando es de rango constitucional, no...

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