Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 21 de Abril de 2017 (Tesis num. VII.2o.T.20 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 21-04-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.2o.T.20 K (10a.)
Fecha de publicación21 Abril 2017
Fecha21 Abril 2017
Número de registro2014136
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VII.2o.T.20 K (10a.)

El artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo establece que el recurso de queja procede contra las resoluciones que se dicten durante la tramitación del juicio, o del incidente de suspensión, que no admitan expresamente el recurso de revisión y que por su naturaleza trascendental y grave puedan causar perjuicio a alguna de las partes, no reparable en la sentencia definitiva; así como las que con las mismas características se emitan después de dictada la sentencia en la audiencia constitucional. Esta última hipótesis se actualiza cuando el Juez hace efectivo el apercibimiento decretado con anterioridad y tiene por no interpuesto el diverso recurso de revisión intentado contra la sentencia emitida en el juicio constitucional, en razón de que dicha determinación no es susceptible de repararse posteriormente pues, estimar lo contrario, causaría un daño o perjuicio de imposible reparación que hace procedente el recurso de...

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