Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 31 de Marzo de 2017 (Tesis num. III.2o.P.109 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 31-03-2017 (Tesis Aisladas))

Número de registro2014047
Número de resoluciónIII.2o.P.109 P (10a.)
Fecha de publicación31 Marzo 2017
Fecha31 Marzo 2017
MateriaPenal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.2o.P.109 P (10a.)

Al analizar la procedencia o no del beneficio de la imputabilidad disminuida establecido en el artículo 41 del Código Penal para el Estado de Jalisco -vigente en 2009- (artículo 56 del código en vigor), el J. no debe considerar los dictámenes psiquiátrico, psicológico y de edad clínica probable cronológica practicados al sentenciado durante el procedimiento, y la conclusión de si contaba o no con una disminución en sus capacidades psíquicas, toda vez que el legislador consideró para la determinación de la procedencia o no de dicho beneficio, no solamente la edad comprendida entre los dieciocho y veinte años, sino también que, per se, por estar el sentenciado dentro de ese rango de edad, al cometer el...

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