Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 3 de Marzo de 2017 (Tesis num. I.9o.P.131 P (10a.) de Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 03-03-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.9o.P.131 P (10a.)
Fecha de publicación03 Marzo 2017
Fecha03 Marzo 2017
Número de registro2013830
MateriaConstitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.9o.P.131 P (10a.)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que resolver con perspectiva de género, implica detectar y eliminar todas las barreras y obstáculos que discriminan a las personas por condición de sexo o género, incluido el uso nocivo de estereotipos a través de visiones o ideas preconcebidas generalizadas de atributos o características que los integrantes de un grupo particular poseen o deberían llevar a la práctica. En el caso de las mujeres, esa obligación conlleva reconocer sus derechos a una vida libre de violencia y discriminación, así como el acceso a la justicia en condiciones de igualdad, como dispone la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. En concordancia con ello, tratándose del delito de homicidio con relación al parentesco cometido por mujeres, las autoridades involucradas en el proceso penal deben conducirlo y resolverlo desde esa perspectiva, atento a las circunstancias en que se cometió dicho delito y a las condiciones de vida de su autora, a fin de constatar que los hechos no son producto o consecuencia de algún tipo de violencia o discriminación, pues en un alto porcentaje de esos homicidios, las víctimas son los hijos o niños sobre los que la mujer ejerce el rol de cuidado, hacia los que dirige la violencia, como resultado de un largo y continuo...

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