Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 10 de Febrero de 2017 (Tesis num. I.7o.P.56 P (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 10-02-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.P.56 P (10a.)
Fecha de publicación10 Febrero 2017
Fecha10 Febrero 2017
Número de registro2013644
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.7o.P.56 P (10a.)

Si se advierte que lo declarado de manera incriminatoria contra el quejoso por un coprocesado, se consideró como prueba de cargo para justificar la sentencia reclamada, y con motivo de la concesión del amparo se ordenó la investigación por actos de tortura respecto de dicho coinculpado, pues refirió haberlos sufrido, ya que fue golpeado y amenazado psicológicamente para declarar en su contra y relacionarlo con los hechos ilícitos materia de la causa, es decir, existen indicios que suponen que esos actos de tortura se llevaron a cabo como medio intimidatorio; entonces, de encontrarse en curso la referida investigación, debe concederse la protección constitucional para el efecto de que la autoridad responsable: a) deje insubsistente la sentencia reclamada; y, b) dicte otra en la que revoque la sentencia de primera instancia y ordene reponer el procedimiento, a fin de que una vez que se lleve a cabo la investigación que se ordenó por actos de tortura respecto del coinculpado y se esclarezcan los hechos, determine el efecto que produce en relación con el quejoso, para definir si debe o no darse valor probatorio al medio de convicción de cargo, en específico, a la declaración del cosentenciado, en la que realiza imputaciones contra el quejoso y, al emitir la sentencia correspondiente, precise si debe excluirse de valor probatorio; hecho lo cual, con las pruebas que no resulten afectadas de...

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