Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 21 de Octubre de 2016 (Tesis num. XVII.1o.P.A.39 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 21-10-2016 (Tesis Aisladas))

Número de registro2012893
Número de resoluciónXVII.1o.P.A.39 P (10a.)
Fecha de publicación21 Octubre 2016
Fecha21 Octubre 2016
MateriaPenal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XVII.1o.P.A.39 P (10a.)

El precepto mencionado consagra el deber de indemnizar al imputado, siempre que se colmen los siguientes requisitos: 1. Exista una afectación en su derecho a la privacidad, integridad física, psicológica o moral, libertad personal o de trabajo; y, 2. Dicho menoscabo se realice ilícitamente. Ahora, si bien se acredita el primer requisito si el quejoso sufrió un perjuicio en su derecho a la libertad personal por determinado tiempo, por encontrarse sujeto a un proceso penal, el segundo de estos requisitos, esto es, lo ilícito de la afectación sufrida, no puede estimarse acreditado si respecto a los elementos de convicción con los cuales se le privó de la libertad por prisión preventiva y arraigo, no se advirtió dato alguno que evidenciara que fueran fundados en actos ilegales o contrarios a derecho, toda vez que en su momento se satisficieron los requisitos señalados por el Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua, para calificar de legales la detención, la vinculación a proceso, así como la prisión preventiva; igualmente, si en cada uno de los estadios procesales mencionados, se advirtió que fueron colmados los requisitos señalados en éstos. Luego, es improcedente otorgar dicha indemnización al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR