Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, 7 de Octubre de 2016 (Tesis num. I.1o.A.E.171 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión Y Telecomunicaciones, Con Residencia en La Ciudad de México Y Jurisdicción en Toda La República, 07-10-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.1o.A.E.171 A (10a.)
Fecha de publicación07 Octubre 2016
Fecha07 Octubre 2016
Número de registro2012764
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.1o.A.E.171 A (10a.)

De conformidad con los artículos 28, párrafo vigésimo, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 107, fracción IX, de la Ley de Amparo, por regla general, tratándose de actos de la Comisión Federal de Competencia Económica, el juicio de amparo procede contra la resolución definitiva del procedimiento de que se trate, o bien, contra el acto susceptible de generar una afectación inmediata y directa sobre derechos sustantivos. En esa tesitura, si la decisión de imponer una multa como medida de apremio en un procedimiento administrativo seguido por la Comisión Federal de Competencia Económica, por ejemplo, por desacato a algún requerimiento de proporcionar información y/o documentos relevantes para la investigación o para que ese órgano constitucional autónomo esté en condiciones de realizar sus funciones, se emite en dos determinaciones: una primera en la cual se califica y pondera que la conducta adoptada por una persona es sancionable y, la segunda, que individualiza la sanción, para no afectar el derecho de...

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