Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, 30 de Septiembre de 2016 (Tesis num. XXII.P.A.7 A (10a.) de Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, 30-09-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXII.P.A.7 A (10a.)
Fecha de publicación30 Septiembre 2016
Fecha30 Septiembre 2016
Número de registro2012702
MateriaConstitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXII.P.A.7 A (10a.)

Los artículos 15, 18, 38, 98 y 116 del Reglamento Interno de los Centros de Readaptación Social del Estado de Querétaro, obligan a las autoridades penitenciarias a tomar las medidas administrativas necesarias para garantizar la seguridad interior de éstos y velar por el interés general de su población. En este sentido, el acta del Consejo Técnico Interdisciplinario correspondiente, en la que determina que un interno sólo podrá poseer documentos dentro de su celda por un plazo determinado, es una medida de seguridad que no afecta sus derechos de defensa adecuada ni de acceso a la justicia, contenidos en los artículos 20, apartado B, fracción VI y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respectivamente, ya que aun cuando la documentación consista en constancias judiciales, no se le restringe la posibilidad de realizar, por sí mismo, sus escritos y promociones, no se le impide que los presente ante los tribunales competentes por conducto de su abogado o persona de confianza y tampoco se le restringe la posibilidad de allegarse de todos los datos que solicite para su defensa y que consten en...

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