Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 19 de Agosto de 2016 (Tesis num. XXVII.3o.104 K (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 19-08-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXVII.3o.104 K (10a.)
Fecha de publicación19 Agosto 2016
Fecha19 Agosto 2016
Número de registro2012355
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVII.3o.104 K (10a.)

La oportunidad en la presentación del recurso de reclamación debe analizarse con base en la fecha de la notificación de la resolución impugnada, ya que si se interpone fuera del plazo de tres días previsto en el artículo 104 de la Ley de Amparo, contados a partir del siguiente al en que hubiera surtido efectos la notificación de la resolución recurrida, debe considerarse extemporáneo. Esto, con independencia de que en los agravios se cuestionen la forma en que se llevó a cabo dicha notificación y el modo en que se ordenó en el acuerdo de trámite, pues este tema no es materia del recurso, toda vez que debe impugnarse a través del incidente de...

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