Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 15 de Julio de 2016 (Tesis num. II.1o.34 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito Con Residencia en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, 15-07-2016 (Tesis Aisladas))

Número de registro2012171
Número de resoluciónII.1o.34 P (10a.)
Fecha de publicación15 Julio 2016
Fecha15 Julio 2016
MateriaPenal,Derecho Penal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; II.1o.34 P (10a.)

Del precepto mencionado se obtiene que el legislador no estableció limitación alguna para que los beneficios de reducción de la pena previstos en los parágrafos segundo y tercero puedan coexistir en un mismo asunto, pues su redacción se encuentra ubicada en párrafos distintos, sin que entre ellos medie alguna conjunción o disyunción; además, su actualización parte de premisas distintas, pues el previsto en primer término depende de la confesión lisa y llana del acusado, siempre que no se trate de procedimiento abreviado; mientras que la segunda se actualiza con el pago espontáneo del monto de la reparación del daño y se constriñe a delitos patrimoniales; siempre que no se trate de los ilícitos previstos en el párrafo último del propio artículo. Asimismo, la primera hipótesis (reducción en un tercio de la pena) constituye un imperativo para el juzgador...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR