Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, 27 de Mayo de 2016 (Tesis num. I.1o.A.E.138 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión Y Telecomunicaciones, Con Residencia en La Ciudad de México Y Jurisdicción en Toda La República, 27-05-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.1o.A.E.138 A (10a.)
Fecha de publicación27 Mayo 2016
Fecha27 Mayo 2016
Número de registro2011740
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.1o.A.E.138 A (10a.)

El artículo 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza la libertad de trabajo, al establecer que a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, sin embargo, esta facultad no es irrestricta, ya que la condiciona a satisfacer determinados presupuestos fundamentales, a saber: a) No se trate de una actividad ilícita; b) No se afecten derechos de terceros; y, c) No se vulneren derechos de la sociedad. Así, está implícito en ese derecho el de libertad de empresa que, básicamente, consiste en la posibilidad, siempre que se respeten las condiciones establecidas por las leyes, de acceder y operar en el mercado o, si se prefiere, de iniciar y desarrollar actividades productivas o dejar de hacerlo. Ello significa que, análogamente a lo que ocurre con los derechos fundamentales al trabajo o a la propiedad privada, el de libertad de empresa no implica un privilegio para que el ámbito de incidencia se reglamente de un modo determinado o se deje sin regular, pues el único límite a las atribuciones del legislador, consiste en que la normativa que al respecto se expida no sea arbitraria ni desproporcionada. En este contexto, el Plan Técnico Fundamental de Interconexión e Interoperabilidad citado, tiene como fin fomentar la sana competencia entre...

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