Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 6 de Mayo de 2016 (Tesis num. XV.3o.7 L (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 06-05-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXV.3o.7 L (10a.)
Fecha de publicación06 Mayo 2016
Fecha06 Mayo 2016
Número de registro2011596
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XV.3o.7 L (10a.)

Cuando en el juicio de amparo promovido por la trabajadora se concede la protección constitucional para el efecto de que se deje insubsistente el laudo que le imponía la obligación de pagar, desde su ingreso, las cuotas al régimen de seguridad social integral establecidas en el artículo 16 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California, abrogada; pero, además, también se ordenó dejar insubsistente la condena al patrón relacionada con el pago de las aportaciones correspondientes previstas en la misma ley, debe estimarse que no se infringe el principio de congruencia de las sentencias, en su vertiente de non reformatio in peius; lo anterior, en razón de que el laudo reclamado que condenaba a la demandada al pago de las aportaciones correspondientes y que ahora la absuelve, también imponía la obligación a la actora -ahora quejosa- de cubrir desde su fecha de ingreso el pago de las cuotas omitidas -principal motivo de su queja en el juicio de control constitucional- obligación de la cual con motivo de los efectos de la concesión queda liberada, lo que implica que su...

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