Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 15 de Abril de 2016 (Tesis num. II.1o.14 K (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito Con Residencia en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, 15-04-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.1o.14 K (10a.)
Fecha de publicación15 Abril 2016
Fecha15 Abril 2016
Número de registro2011466
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; II.1o.14 K (10a.)

En términos del precepto mencionado, el recurso de queja procede contra las determinaciones dictadas durante la tramitación del juicio de amparo o del incidente de suspensión, a condición de que no admitan expresamente el recurso de revisión y que, por su naturaleza trascendental y grave, puedan causar daño o perjuicio irreparable a la parte impugnante. En estas condiciones, es improcedente la queja si la materia de la determinación recurrida versa sobre cuestiones procedimentales, como pueden ser, por ejemplo, aspectos conexos con el ofrecimiento, admisión, desahogo o desechamiento de pruebas, sin afectar irreparablemente derechos sustantivos, esto es, que no sean subsanables en el propio procedimiento o sentencia, pues mientras subsista la posibilidad de que en el juicio de amparo se logre la pretensión...

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