Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 8 de Abril de 2016 (Tesis num. II.1o.11 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito Con Residencia en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, 08-04-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.1o.11 A (10a.)
Fecha de publicación08 Abril 2016
Fecha08 Abril 2016
Número de registro2011425
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; II.1o.11 A (10a.)

Cuando en el amparo indirecto promovido por trabajadores de la educación se reclaman el decreto por el cual se emitió la Ley General del Servicio Profesional Docente, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2013 y los Lineamientos para llevar a cabo la evaluación del desempeño de quienes realizan funciones de docencia, dirección y supervisión en educación básica y media superior, expedidos por la Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, se actualiza el supuesto de suplencia de la queja deficiente, previsto en la fracción V del artículo 79 de la Ley de Amparo, pues aun cuando se trata de normativa en materia administrativa, trasciende a la esfera jurídica de los quejosos en su calidad de trabajadores de la educación, ya que su participación en los procesos de evaluación del desempeño forma parte de sus actividades como empleados de las autoridades educativas y, de negarse a presentar los exámenes respectivos, o bien, no obtener en éstos calificaciones satisfactorias, ese hecho...

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