Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 4 de Marzo de 2016 (Tesis num. XXVII.3o.87 K (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 04-03-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXVII.3o.87 K (10a.)
Fecha de publicación04 Marzo 2016
Fecha04 Marzo 2016
Número de registro2011217
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVII.3o.87 K (10a.)

Por regla general, para el cómputo del plazo para interponer el recurso de revisión, debe atenderse a la fecha de notificación de la sentencia recurrida; no obstante, en caso de que el recurrente alegue que no fue emplazado al juicio constitucional o que dicho emplazamiento es incorrecto, de conformidad con la jurisprudencia P./J. 41/98, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "TERCERO PERJUDICADO NO EMPLAZADO O MAL EMPLAZADO EN UN JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. PUEDE INTERPONER EL RECURSO DE REVISIÓN EN CONTRA DE LA SENTENCIA QUE EL JUEZ DE DISTRITO DECLARA EJECUTORIADA Y QUE AFECTA CLARAMENTE SUS DERECHOS, DENTRO DEL PLAZO LEGAL CONTADO A PARTIR DE QUE TIENE CONOCIMIENTO DE LA SENTENCIA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., agosto de 1998, página 65, deberá atenderse a la fecha en que conoció de la sentencia impugnada. Ahora bien, si se advierte que el inconforme, al promover el señalado recurso previsto en el artículo 81 de la Ley de Amparo no expresa la fecha en que tuvo conocimiento de aquélla y alega que no fue emplazado al juicio constitucional, el presidente del tribunal revisor, conforme al artículo 91 de la invocada ley, debe prevenirlo para que, bajo protesta de decir verdad, indique dicha data, ya que esto constituye una irregularidad u oscuridad de ese medio de defensa, en tanto que es un antecedente que necesita conocer el tribunal de amparo para verificar si el recurso se promovió dentro del término de...

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