Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 31 de Enero de 2015 (Tesis num. VII.2o.C.81 C (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 16-01-2015 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2008245 |
Número de resolución | VII.2o.C.81 C (10a.) |
Fecha de publicación | 31 Enero 2015 |
Fecha | 31 Enero 2015 |
Localizador | [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 14, Enero de 2015; Tomo III; Pág. 1955. VII.2o.C.81 C (10a.). |
Materia | Civil |
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido el criterio sustentado en la jurisprudencia 1a./J. 14/2013 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVIII, Tomo 1, marzo de 2013, página 729, de rubro: "OBJECIÓN DE DOCUMENTOS PREVISTA EN EL ARTÍCULO 1247 DEL CÓDIGO DE COMERCIO REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 17 DE ABRIL DE 2008. PUEDE PLANTEARSE COMO UN ACTO PROCESALMENTE VÁLIDO AL MOMENTO DE CONTESTAR LA DEMANDA.", en el que señaló que en aras de evitar restricciones a la defensa adecuada y dar prioridad a los derechos de acceso efectivo a la jurisdicción, debido proceso y equilibrio procesal, esto a partir de la interpretación sistemática y funcional del artículo 1247 del Código de Comercio, lleva a afirmar que en los juicios mercantiles la objeción de documentos puede plantearse como un acto procesalmente válido al momento de contestar la demanda, ya que el plazo de tres días que prevé dicho numeral, únicamente tiene el propósito de fijar la preclusión del derecho de las partes a objetar los documentos presentados en juicio, es decir, precisar el límite del tiempo en que puede ejercerse esa prerrogativa y después del cual quedará extinta, con la finalidad de no impedir que el derecho de objeción se ejerza respecto de los documentos presentados antes de abrirse el juicio a prueba, como es el caso de los exhibidos por el actor en la demanda. Por tanto, dicha reflexión conduce a este Tribunal Colegiado de Circuito a interpretar, de igual manera, ese criterio en relación con el desahogo de la vista respecto a los documentos ofrecidos como prueba en la contestación de demanda, toda vez que...
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