Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 31 de Agosto de 2014 (Tesis num. II.3o.A.19 K (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 15-08-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.3o.A.19 K (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2014
Fecha31 Agosto 2014
Número de registro2007132
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1562. II.3o.A.19 K (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Los Tribunales Colegiados de Circuito y no la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son originariamente competentes para conocer del recurso de revisión interpuesto contra una sentencia dictada en la audiencia constitucional en asuntos donde se reclamaron acuerdos administrativos de carácter general emitidos por secretarios de Estado; esto, de conformidad con los artículos 83, fracción IV, 84, fracción I y 85, fracción II, de la Ley de Amparo, vigente hasta el 2 de abril de 2013 y en congruencia, por analogía, con los argumentos que sustentan la jurisprudencia 2a./J. 27/2002, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., mayo de 2002, página 218, de rubro: "MISCELÁNEA FISCAL. LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA CARECE DE COMPETENCIA PARA CONOCER DEL RECURSO DE REVISIÓN EN QUE SE CUESTIONA LA CONSTITUCIONALIDAD DE AQUELLA RESOLUCIÓN.", pues aunque dichos acuerdos tienen naturaleza de normas generales, lo cierto es que no actualizan la competencia originaria del Alto Tribunal para conocer de la revisión contra sentencias que específicamente decidan sobre la constitucionalidad de actos legislativos locales o federales, tratados internacionales, reglamentos del Ejecutivo Federal expedidos conforme al artículo 89, fracción I, de la Constitución...

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