Tesis Aislada, Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 31 de Agosto de 2014 (Tesis num. I.11o.C.59 C (10a.) de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 15-08-2014 (Tesis Aisladas))

Número de registro2007183
Número de resoluciónI.11o.C.59 C (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2014
Fecha31 Agosto 2014
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1843. I.11o.C.59 C (10a.).
MateriaCivil,Derecho Civil

Los artículos 255 del Código Civil para el Distrito Federal de mil novecientos setenta y ocho, de similar redacción al vigente; 199 de parecida redacción a la fracción III del numeral 198 vigente y 261 de similar redacción al vigente, y demás aplicables, no prevén cómo o de qué manera debe realizarse la liquidación de un inmueble inventariado por la consorte que judicialmente se declara que obró de buena fe al contraer nupcias con el cónyuge que lo hizo por segunda ocasión sin disolver el primero, cuando la cónyuge del matrimonio subsistente acredita que fue adquirido por aquél (cónyuge bígamo) durante la vigencia de ambas sociedades conyugales; no obstante, si la cónyuge que obró de buena fe, acredita que el inmueble constituyó la morada conyugal de su matrimonio que fue declarado nulo, a ésta corresponderá liquidarlo como gananciales, porque cuando un inmueble es adquirido por cualquiera de los esposos durante el matrimonio y vigencia de la sociedad conyugal y se establece de común acuerdo como morada conyugal para el desarrollo de las relaciones interpersonales, de amistad, sociales y en el que puedan gozar de la misma autoridad e igual...

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