Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 31 de Mayo de 2014 (Tesis num. VI.1o.A.67 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 09-05-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.A.67 A (10a.)
Fecha de publicación31 Mayo 2014
Fecha31 Mayo 2014
Número de registro2006410
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 6, Mayo de 2014; Tomo III; Pág. 2062. VI.1o.A.67 A (10a.).
MateriaAdministrativa

Los artículos 50, segundo párrafo, de la Ley que R. el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla, y 72, primer párrafo, del Reglamento para el Municipio de Puebla de dicha ley, establecen que quien tenga la calidad de administrador, condómino, residente o poseedor, podrá solicitar la intervención del Síndico Municipal para la verificación del cumplimiento de la normativa de la materia. Ello implica que si no sólo quienes justifiquen la propiedad del bien inmueble de régimen en condominio pueden instar a la autoridad municipal para la verificación aludida, sino también aquellos que no teniendo tal carácter, sean simples residentes o poseedores del bien; con mayor razón los inconformes que sólo exhiben copias simples de los instrumentos notariales de propiedad en condominio, acreditan tener interés legítimo, al demostrar indiciariamente ser propietarios, para instar al Síndico del Ayuntamiento del Municipio de Puebla a iniciar el procedimiento de verificación correspondiente. En efecto, de conformidad con lo dispuesto por la normativa estatal...

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