Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 31 de Marzo de 2012 (Tesis num. I.7o.A.10 A (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-03-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.A.10 A (10a.)
Fecha de publicación31 Marzo 2012
Fecha31 Marzo 2012
Número de registro2000353
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012; Tomo 2; Pág. 1133. I.7o.A.10 A (10a.).
MateriaConstitucional

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 2a./J. 88/2007, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, mayo de 2007, página 850, de rubro: "AUDIENCIA. PARA DETERMINAR SI LA LEY RECLAMADA RESPETA ESTA GARANTÍA, DEBE EXAMINARSE EL CONTENIDO DE LAS NORMAS APLICABLES.", estableció que en los casos en que el quejoso aduzca que la ley reclamada vulnera la garantía de audiencia prevista en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por no contener un procedimiento de defensa contra actos de autoridad que lo priven de derechos, su estudio debe efectuarse apreciando el contenido de las normas aplicables, aunque no sean reclamadas de manera destacada. Así, la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial de la entidad el 20 de enero de 2011, vigente a partir...

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