Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 31 de Enero de 2013 (Tesis num. XVII.1o.C.T.19 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 01-01-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2002609
Número de resoluciónXVII.1o.C.T.19 L (10a.)
Fecha de publicación31 Enero 2013
Fecha31 Enero 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVI, Enero de 2013; Tomo 3; Pág. 2120. XVII.1o.C.T.19 L (10a.).
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 2/2005, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXI, enero de 2005, página 540, de rubro: "COPIAS FOTOSTÁTICAS CERTIFICADAS POR NOTARIO PÚBLICO. A LAS EXHIBIDAS EN EL JUICIO LABORAL DEBE DÁRSELES EL MISMO TRATAMIENTO Y VALOR PROBATORIO EN CUANTO A SU CONTENIDO QUE A LOS ORIGINALES.", sostuvo que a las copias certificadas ante notario exhibidas en el juicio laboral debe dárseles el mismo tratamiento y valor probatorio que al documento original. En congruencia con dicho criterio, puede establecerse que la misma hipótesis se presenta cuando los demandados en el juicio laboral, al ofrecer en copia certificada por notario público la renuncia suscrita por la persona a quien directamente el actor le atribuye el despido, ocurrido posteriormente a aquélla, ofrecieron como medio de perfeccionamiento, la ratificación a cargo de su emitente a que se refiere el artículo 800 de la Ley Federal del Trabajo, pues puede desahogarse con la copia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR