Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 31 de Marzo de 2013 (Tesis num. VI.3o.A.23 A (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 01-03-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.3o.A.23 A (10a.)
Fecha de publicación31 Marzo 2013
Fecha31 Marzo 2013
Número de registro2003183
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 3; Pág. 2166. VI.3o.A.23 A (10a.).
MateriaConstitucional,Derecho Fiscal,Derecho Constitucional

Ha sido criterio del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que dentro de un procedimiento administrativo deben facilitarse al gobernado los medios y formas para cumplir con el derecho fundamental de defensa y que será desproporcionada una consecuencia, cuando tratándose de algún error formal, no se le faciliten la posibilidad de corregirlo ni los medios para ejercer dicho derecho. Por su parte, el artículo 39, segundo párrafo, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa sanciona a quienes utilicen el Sistema Automático de Recepción de Oficialías de Partes para presentar una promoción en el horario extendido el día en que no vence, con la consecuencia procesal de tener por no hecha la que se deposita por ese medio; sin embargo, la forma de presentar una promoción no es una cuestión esencial para accionar el procedimiento contencioso administrativo, y el mecanismo implementado es un requisito meramente formal adoptado por el mencionado tribunal para que los promoventes puedan, hasta el último minuto del plazo, ejercer con plenitud sus derechos. De ahí que, además de que el incumplimiento a la citada norma no daña el bien jurídico que protege, porque no impide que los beneficiados con el sistema puedan hacer uso de él, establece una consecuencia desproporcionada y excesiva a la actuación del particular, ya que no le da la posibilidad de corregir el error formal en que incurrió, lo cual le impide defenderse contra el acto administrativo que pretende reclamar. Por tanto, el indicado precepto...

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