Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, 31 de Agosto de 2013 (Tesis num. III.4o.(III Región) 9 C (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Tercera Región, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 01-08-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.4o.(III Regi
Fecha de publicación31 Agosto 2013
Fecha31 Agosto 2013
Número de registro2004142
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIII, Agosto de 2013; Tomo 3; Pág. 1519. III.4o.(III Región) 9 C (10a.).
MateriaComún

El fallo de apelación que desestima un incidente de nulidad de actuaciones, que se intenta contra la omisión de la responsable en interrumpir el juicio sucesorio, dentro de la primera sección denominada "sucesión", después del deceso de su albacea, constituye un acto de imposible reparación para el juicio de amparo, porque sus efectos no se destruyen aun cuando en la sentencia definitiva la parte obtenga fallo favorable, porque de acuerdo con la estructura legal de los juicios sucesorios, éstos se conforman de cuatro etapas, cada una de ellas con un objeto delimitado en función de la materia correspondiente y con la finalidad de cumplir su objetivo, que es la transmisión del patrimonio del de cujus en favor de quien acredite tener derecho a sucederlo. Así, en cada una de las secciones, como sucede en la especie, cuando se actualizan violaciones procesales éstas no se pueden reclamar en la sentencia definitiva por no existir una determinación en la cual se abarquen todas y cada una de dichas secciones; de ahí que se permita su reclamo en amparo indirecto, al emitirse la resolución de la sección correspondiente; sin embargo, la regla de procedencia descrita no se debe entender desde una perspectiva absoluta, sino en atención a las consecuencias jurídicas del acto reclamado; en ese sentido, si éste se emitió de manera intermedia dentro de la primera sección del juicio sucesorio, empero, en ésta ya se emitió declaratoria de herederos, ello permite evidenciar la razón por la cual lo resuelto en el incidente de nulidad de actuaciones de ninguna manera se pueda reclamar como violación procesal al momento de dictarse resolución en esa...

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