Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, 31 de Agosto de 2013 (Tesis num. II.1o.T.9 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, 01-08-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.1o.T.9 L (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2013
Fecha31 Agosto 2013
Número de registro2004281
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIII, Agosto de 2013; Tomo 3; Pág. 1695. II.1o.T.9 L (10a.).
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Cuando el patrón demuestra en el juicio que el trabajador renunció voluntariamente a su empleo, y niega que después de esto le haya prestado sus servicios, ello trae como consecuencia procesal que corresponda al trabajador justificar que siguió laborando con posterioridad a la fecha de renuncia y hasta el día en que afirma ocurrió el despido. Ahora bien, la presunción generada por la confesión ficta del codemandado físico, en el sentido de que fue despedido, es insuficiente por sí sola para acreditar la referida subsistencia de la relación laboral, porque, cuando el trabajador aduce que fue despedido con posterioridad a la fecha en que el patrón señala que renunció y se presenta una renuncia por escrito, la cual tiene en su poder el patrón, lo conducente es que se asuma, ordinariamente, que hasta ese momento existió la relación laboral...

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