Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 30 de Septiembre de 2013 (Tesis num. VI.1o.A.57 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 01-09-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.A.57 A (10a.)
Fecha de publicación30 Septiembre 2013
Fecha30 Septiembre 2013
Número de registro2004441
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIV, Septiembre de 2013; Tomo 3; Pág. 2530. VI.1o.A.57 A (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

El artículo 101 de la invocada ley local establece que al interponerse el recurso de revocación podrán suspenderse los efectos de la resolución recurrida cuando no se hayan consumado, requisito que no se encuentra previsto en forma expresa en el artículo 124 de la anterior Ley de Amparo, sino que ha sido criterio de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 12, publicada en la página 13, Tomo VI, Materia Común, del A. al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, de rubro: "ACTOS CONSUMADOS. SUSPENSIÓN IMPROCEDENTE.". Sin embargo, ese criterio ha sido matizado por el Pleno del Máximo Tribunal del País, en la jurisprudencia 403, publicada en las páginas 433 y 434, Tomo III, Materia Administrativa, del referido A., de rubro: "SUSPENSIÓN. PROCEDENCIA EN LOS CASOS DE CLAUSURA EJECUTADA POR TIEMPO INDEFINIDO.". Por tanto, si en el artículo 101 de la ley del acto de manera expresa y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR