Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 1 de Diciembre de 2013 (Tesis num. I.6o.T.80 L (10a.) de Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 06-12-2013 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.6o.T.80 L (10a.) |
Fecha de publicación | 01 Diciembre 2013 |
Fecha | 01 Diciembre 2013 |
Número de registro | 2005075 |
Localizador | [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 1, Diciembre de 2013; Tomo II; Pág. 1131. I.6o.T.80 L (10a.). |
Materia | Laboral |
La otrora Cuarta Sala del Alto Tribunal en la jurisprudencia publicada en la página 111 del Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Quinta Parte, Volúmenes 133-138, de rubro: "PROBIDAD U HONRADEZ, FALTA DE. CONCEPTO."; determinó que la falta de probidad u honradez consiste en no proceder rectamente en las funciones encomendadas, con mengua de rectitud de ánimo, o sea, apartarse de las obligaciones que se tienen a cargo procediendo en su contra, dejando de hacer lo que se tiene encomendado, o haciéndolo en contra; y que debe estimarse que no es necesario para que se integre la falta de probidad u honradez que exista un daño patrimonial o un lucro indebido, sino sólo que se observe una conducta ajena a un recto proceder. Atento a dicho concepto, la presentación de documentos falsos ante el patrón constituye una conducta que se aparta del recto proceder, motivo por el que se genera la falta de probidad...
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La exhibición al patrón de documentos falsos por parte del trabajador para obtener un empleo o durante la relación laboral constituye una falta de probidad. Tesis aislada de la SCJN
...traer como consecuencia la rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón. Lo anterior se confirma en la tesis aislada I.6o.T.80 L (10a.) emitida el pasado 6 de diciembre por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito de la SCJN, en la que señ......