Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 1 de Diciembre de 2013 (Tesis num. III.1o.T.10 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 06-12-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2005090
Número de resoluciónIII.1o.T.10 L (10a.)
Fecha de publicación01 Diciembre 2013
Fecha01 Diciembre 2013
Localizador [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 1, Diciembre de 2013; Tomo II; Pág. 1230. III.1o.T.10 L (10a.).
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Cuando una persona del género femenino no se presenta a la diligencia en que iba a ser reinstalada en su trabajo, producto del ofrecimiento que le fue realizado dentro del juicio laboral, por motivo de haberse suscitado recientemente el nacimiento de su hijo o hija, lo que comprueba con la exhibición, por conducto de su apoderado, de la constancia o certificado médico correspondiente que se arregla a los términos del artículo 785 de la Ley Federal del Trabajo, ya que se ofreció bajo protesta de decir verdad y su valor probatorio que reporta está reforzado con diversos certificados médicos presentados en el tiempo que dieron cuenta del estado de embarazo de la actora; entonces, lo que debe hacer la Junta del conocimiento es señalar nueva fecha para la reinstalación y no optar por tener a la actora del juicio por no aceptado el trabajo, ello en respeto del principio básico emanado del código obrero citado, que busca el equilibrio de intereses entre las partes obrera y patronal, por lo que, si en el caso, la inasistencia de la actora a la...

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