Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 1 de Marzo de 2014 (Tesis num. IX.1o.7 C (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 21-03-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIX.1o.7 C (10a.)
Fecha de publicación01 Marzo 2014
Fecha01 Marzo 2014
Número de registro2005960
Localizador [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Marzo de 2014; Tomo II; Pág. 1691. IX.1o.7 C (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Cuando el quejoso en el amparo indirecto señala como actos reclamados, en su carácter de tercero extraño por equiparación, dicho emplazamiento, juicio y diligencia, está en libertad de promover la demanda en cualquiera de los distritos en los que se ejecutaron tales actos. En efecto, en respeto al derecho de acceso a la justicia, una interpretación conforme y pro persona del artículo 37 de la Ley de Amparo, lleva a considerar que la circunstancia de que el agraviado haya presentado su demanda ante la autoridad de amparo con competencia en uno de los territorios relacionados con el asunto, permite presumir, fundadamente, que ese juzgador federal es el de más fácil acceso material para el justiciable, respecto del otro involucrado, dado que el quejoso optó por acudir ante un Juez de esa localidad y no al de otro territorio relacionado. Por ello, aunque el principal acto reclamado sea el emplazamiento, y éste se haya llevado a cabo en un distrito judicial diferente al en que se ejecutó la diligencia de requerimiento de pago mediante exhorto, este último acto puede ser válido para fijar la competencia, tomando en consideración que el segundo párrafo de dicho precepto otorga libertad al quejoso de presentar su demanda ante cualquiera de las localidades en las que se hayan ejecutado el o los actos reclamados; de ahí que la competencia para conocer de dichos actos se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR