Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 1 de Agosto de 2015 (Tesis num. I.1o.A.E.88 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión Y Telecomunicaciones, Con Residencia en El Distrito Federal Y Jurisdicción en Toda La República, 27-11-2015 (Tesis Aisladas))

Número de registro2010574
Número de resoluciónI.1o.A.E.88 A (10a.)
Fecha de publicación01 Agosto 2015
Fecha01 Agosto 2015
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
Localizador [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 24, Noviembre de 2015; Tomo IV; Pág. 3601. I.1o.A.E.88 A (10a.).

Dentro de los procedimientos previstos en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo se establece uno genérico o estándar, dentro del cual se incluye, como variante, el diverso de imposición de sanciones. El primero, a grandes rasgos, señala su inicio (artículos 42-45), trámite (46-56), eventualmente una dilación probatoria (50-55), fase de alegatos (56) y resolución (57-59). Respecto del procedimiento de imposición de sanciones, la autoridad administrativa deberá notificar su inicio previamente al infractor, para que dentro de los quince días siguientes exponga lo que a su derecho convenga y, en su caso, aporte las pruebas con que cuente; una vez oído éste y desahogadas las pruebas ofrecidas y admitidas se procederá, transcurridos diez días, a dictar por escrito la resolución que proceda (artículo 74), y comenzará a correr el plazo para la caducidad, contenido en el precepto 60, último párrafo, de la ley mencionada. En este contexto, dado que el procedimiento genérico o estándar tiene la calidad de básico, en acatamiento al debido proceso legal, a sus disposiciones deben adicionarse, en su caso -por ejemplo, cuando el...

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