Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Diciembre de 2017 (Tesis num. 1a. XLI/2014 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 14-02-2014 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2005530 |
Número de resolución | 1a. XLI/2014 (10a.) |
Fecha de publicación | 01 Diciembre 2017 |
Fecha | 01 Diciembre 2017 |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Constitucional |
Localizador | [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo I; Pág. 647. 1a. XLI/2014 (10a.). |
El derecho humano a la igualdad jurídica ha sido tradicionalmente interpretado y configurado en el ordenamiento jurídico mexicano a partir de dos principios: el de igualdad ante la ley y el de igualdad en la ley (los cuales se han identificado como igualdad en sentido formal o de derecho). El primer principio obliga, por un lado, a que las normas jurídicas sean aplicadas de modo uniforme a todas las personas que se encuentren en una misma situación y, a su vez, a que los órganos materialmente jurisdiccionales no puedan modificar arbitrariamente sus decisiones en casos que compartan la misma litis, salvo cuando consideren que deben apartarse de sus precedentes, momento en el que deberán ofrecer una fundamentación y motivación razonable y suficiente. Por lo que hace al segundo principio, éste opera frente a la autoridad materialmente legislativa y tiene como objetivo el control del contenido de la norma jurídica a fin de evitar diferenciaciones legislativas sin justificación constitucional o violatorias del principio de proporcionalidad en sentido amplio. No obstante lo anterior, debe destacarse que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no es ciega a las desigualdades sociales, por lo que contiene diversas protecciones jurídicas a favor de grupos sujetos a vulnerabilidad, a través, por ejemplo, de manifestaciones específicas del principio de igualdad, tales como la igualdad entre el varón y la mujer (artículo 4o., párrafo primero) y la salvaguarda de la pluriculturalidad de los pueblos indígenas de manera equitativa (artículo 2o. apartado B). Así, la igualdad jurídica en nuestro ordenamiento constitucional protege tanto a personas como a grupos. De ahí que se considere que el derecho humano a la igualdad jurídica no sólo tiene una faceta o dimensión formal o de derecho, sino también una de carácter sustantivo o de hecho, la cual tiene como objetivo remover y/o disminuir los obstáculos sociales, políticos, culturales, económicos o de cualquier otra índole que impiden a ciertas personas o grupos sociales gozar o ejercer de manera real y efectiva sus derechos humanos en condiciones de paridad con otro conjunto de personas o grupo social.
Amparo directo en revisión 1464/2013. Blanca E.D.M.. 13 de noviembre de 2013. Cinco votos de los M.A.Z.L. de Larrea, J.R.C.D., A.G.O.M., O.S.C. de G.V. y J.M.P.R.. Ponente: A.G.O.M.. Secretario: M.A.N.V..
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 1a./J. 125/2017 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 1 de diciembre de 2017 a las 10:13 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 49, Tomo I, diciembre de 2017, página 121, de título y subtítulo: "DERECHO HUMANO A LA IGUALDAD JURÍDICA. RECONOCIMIENTO DE SU DIMENSIÓN SUSTANTIVA O DE HECHO EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO MEXICANO."
Esta tesis se publicó el viernes 14 de febrero de 2014 a las 11:05 horas en el Semanario Judicial de la Federación.-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 06-12-2017 (AMPARO EN REVISIÓN 798/2017)
...humanos en condiciones de paridad con otro conjunto de personas o grupo social. El citado amparo directo en revisión dio origen a la tesis 1a. XLI/2014 (10a.), que “DERECHO HUMANO A LA IGUALDAD JURÍDICA. RECONOCIMIENTO DE SU DIMENSIÓN SUSTANTIVA O DE HECHO EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO MEXICA......
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Sentencia N° 351-2019 de la Sala 4, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2019
...Sirve de apoyo a lo anterior, el criterio sustentado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis: 1a. XLI/2014 (10a.), consultable en la página 647, del Libro 3, Febrero de 2014, Tomo I, Décima Época, de la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, co......
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Sentencia N° 2-2023 de la Sala 4, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2023
...Sirve de apoyo a lo anterior, el criterio sustentado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis: 1a. XLI/2014 (10a.), consultable en la página del Libro 3, Febrero de 2014, Tomo I, Décima Época, de la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, con el ......
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Ejecutoria num. 4/2016 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 03-09-2021 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD)
...a los integrantes de ciertos grupos sociales en condiciones de vulnerabilidad gozar y ejercer tales derechos. Resulta aplicable la tesis 1a. XLI/2014 (10a.) emitida por la Primera Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título y subtítulo: "DERECHO HUMANO A LA IGUALDAD JURÍD......