Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 30 de Abril de 2015 (Tesis num. I.3o.C.153 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 10-04-2015 (Tesis Aisladas))

Número de registro2008840
Número de resoluciónI.3o.C.153 C (10a.)
Fecha de publicación30 Abril 2015
Fecha30 Abril 2015
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 17, Abril de 2015; Tomo II ; Pág. 1719. I.3o.C.153 C (10a.).
MateriaCivil

Si bien es cierto que los menores de edad tienen derecho a la habitación como parte de la obligación alimentaria, entendida ésta, en su más llana expresión, como el contar con un techo y paredes que lo resguarden de la intemperie y que el Código Civil para el Distrito Federal, en su artículo 1050, la define como: "La habitación da, a quien tiene este derecho, la facultad de ocupar gratuitamente, en casa ajena, las piezas necesarias para sí y para las personas de su familia.", también lo es que se trata de un derecho de carácter personal y no real como lo sería la propiedad. Consecuentemente, mientras los menores de edad habiten el inmueble adquirido por sus padres, es evidente que con ello éstos cumplen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR