Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 31 de Julio de 2015 (Tesis num. I.6o.T.134 L (10a.) de Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 03-07-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.6o.T.134 L (10a.)
Fecha de publicación31 Julio 2015
Fecha31 Julio 2015
Número de registro2009584
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 20, Julio de 2015; Tomo II ; Pág. 1772. I.6o.T.134 L (10a.).
MateriaLaboral

Mediante convenio celebrado entre el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y su sindicato de trabajadores, el 7 de junio de 2010 se modificaron los artículos 41 y 42 de las condiciones generales de trabajo de dicho organismo, vigentes a partir del 10 de agosto de 2010, por lo que con base en tales numerales, la comunicación por la que se informa a los trabajadores que sus jornadas tendrán una duración de once horas, con horario de las diecinueve treinta a las seis treinta horas, los lunes, miércoles y viernes de cada semana, de acuerdo con el referido artículo 42, fracción III, y que no es procedente el trámite ni la recepción de sextas veladas, no implica una modificación ilegal de las condiciones de trabajo, puesto que el patrón puede modificar unilateralmente sus funciones, siempre y cuando las que les asigne sean acordes con los conocimientos y aptitudes que se tomaron en cuenta para su designación, ya que, atendiendo a la naturaleza de la relación laboral burocrática, los trabajadores al servicio del Estado, una vez que adquieren el derecho a la estabilidad en el empleo, también adquieren el derecho a...

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