Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 31 de Agosto de 2015 (Tesis num. VII.2o.C.98 C (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 28-08-2015 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2009850 |
Número de resolución | VII.2o.C.98 C (10a.) |
Fecha de publicación | 31 Agosto 2015 |
Fecha | 31 Agosto 2015 |
Localizador | [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 21, Agosto de 2015; Tomo III ; Pág. 2385. VII.2o.C.98 C (10a.). |
Materia | Civil,Derecho Civil |
El juicio hipotecario es un procedimiento sumario de naturaleza ejecutiva, pues pretende la satisfacción efectiva, rápida e inmediata de un crédito mediante la ejecución de la garantía hipotecaria. De ahí que para su inicio requiera la existencia de un documento con carácter de prueba preconstituida, generador de la presunción juris tantum de que el derecho del actor es legítimo y está suficientemente probado y, por ende, debe ser atendido en la vía especial hipotecaria. En ese sentido, basta que el documento base de la acción se haya acompañado al escrito de demanda en términos del artículo 451-C del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz, para que el J. lo valore al dictar sentencia; sin necesidad de que se haya ofrecido de conformidad con el artículo 451-J de dicho cuerpo normativo, pues ello desvirtuaría la naturaleza del juicio hipotecario, convirtiéndolo en un proceso de conocimiento, en...
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