Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 31 de Agosto de 2015 (Tesis num. XV.6o.1 A (10a.) de Sexto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 14-08-2015 (Tesis Aisladas))

Número de registro2009773
Número de resoluciónXV.6o.1 A (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2015
Fecha31 Agosto 2015
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 21, Agosto de 2015; Tomo III ; Pág. 2565. XV.6o.1 A (10a.).
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

De la parte considerativa y de la cláusula octava, fracción IX, del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Baja California, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de febrero de 2009, se advierte que con motivo de la reforma al artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, era indispensable precisar que, tratándose de resoluciones emitidas por dicha entidad federativa, ésta podría interponer el recurso de revisión fiscal ante el Tribunal Colegiado de Circuito competente, en relación con los juicios contenciosos administrativos en los que hubiese intervenido como parte. Ahora, toda vez que la cláusula cuarta del convenio citado dispone que: "Las facultades de la secretaría, que conforme a este convenio se delegan a la entidad, serán ejercidas por el gobernador de la entidad o por las autoridades fiscales de la misma que, conforme a las disposiciones jurídicas locales, estén facultadas para administrar, comprobar, determinar y cobrar ingresos federales.", y el artículo 14 del Código Fiscal del Estado de Baja California prevé que el procurador fiscal de la Secretaría de Planeación y Finanzas es una autoridad en la materia con facultades para administrar, comprobar, determinar y cobrar ingresos federales coordinados y estatales, según corresponda, es claro que se ubica en la hipótesis del convenio mencionado y, por tanto, está legitimado para...

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