Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 28 de Febrero de 2015 (Tesis num. VI.2o.C.21 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 27-02-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.C.21 K (10a.)
Fecha de publicación28 Febrero 2015
Fecha28 Febrero 2015
Número de registro2008579
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 15, Febrero de 2015; Tomo III; Pág. 2862. VI.2o.C.21 K (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

De los artículos 132, 133, 134 y 156 de la Ley de Amparo, se advierte que si bien es cierto que para que surta efectos la suspensión debe otorgarse garantía suficiente para cubrir los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el otorgamiento de dicha medida cautelar, como que el tercero interesado puede otorgar contragarantía que dejará sin efectos aquélla, para restituir las cosas al estado que guardaban antes de la violación reclamada y pagar el detrimento ocasionado al quejoso en caso de que se conceda el amparo, también lo es que la devolución de la garantía no procede por la sola admisión de la contragarantía ofrecida por el tercero interesado, sino que está condicionada a que transcurran seis meses a partir del día en que surta efectos la notificación a las partes de la resolución que en definitiva ponga fin al juicio, o bien, que exista la voluntad expresa del que hubiere resentido daños y perjuicios por...

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