Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 31 de Mayo de 2015 (Tesis num. XVII.2o.P.A.14 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 08-05-2015 (Tesis Aisladas))

Número de registro2009042
Número de resoluciónXVII.2o.P.A.14 P (10a.)
Fecha de publicación31 Mayo 2015
Fecha31 Mayo 2015
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 18, Mayo de 2015; Tomo III ; Pág. 2119. XVII.2o.P.A.14 P (10a.).
MateriaPenal,Derecho Penal

De los artículos 31, fracción I y 36, párrafo segundo, de la Ley de Justicia Penal Alternativa del Estado de Chihuahua, en relación con los artículos 17 y 22 de la Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales y 329 del Código Fiscal de la entidad, se advierte que los convenios en la justicia penal alternativa, por los que se resuelven total o parcialmente sus conflictos, traerán aparejada ejecución y, por tanto, los Jueces de Ejecución de Penas podrán proceder a su exigibilidad remitiéndolos, previa certificación que de ellos efectúe el subdirector del Centro de Justicia Penal Alternativa, a la Fiscalía Especializada de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales, con el fin de que se ejecuten por conducto de los órganos auxiliares, entre ellos, la Secretaría de Finanzas; sin embargo, existe un segundo supuesto en relación con los convenios mencionados, previsto en el tercer párrafo del citado artículo 36, donde se establece que, en caso de incumplimiento, quedarán a salvo los derechos del afectado para que los haga valer en la vía y forma correspondientes. Luego, si en el caso se trata del incumplimiento de un convenio, lo relacionado a su ejecución, acorde al tercer párrafo del referido artículo 36, debe hacerse valer en la vía...

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