Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 30 de Abril de 2014 (Tesis num. I.9o.A.44 A (10a.) de Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 11-04-2014 (Tesis Aisladas))

Número de registro2006208
Número de resoluciónI.9o.A.44 A (10a.)
Fecha de publicación30 Abril 2014
Fecha30 Abril 2014
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 5, Abril de 2014; Tomo II; Pág. 1541. I.9o.A.44 A (10a.).
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

El artículo 90, fracción XVI, de la Ley de la Propiedad Industrial establece que no serán registrables como marcas, entre otros supuestos, las que sean idénticas o semejantes en grado de confusión a otra en trámite de registro presentada con anterioridad o a una registrada y vigente, aplicada a los mismos o similares productos o servicios, pero sí podrá registrarse una marca que sea idéntica a otra ya registrada, si la solicitud es planteada por el mismo titular, para aplicarla a productos o servicios similares. Así, uno de los objetivos de la citada ley, es evitar la coexistencia de marcas confundibles, por lo que para que cualquier signo pueda constituir una marca, es necesario que reúna los siguientes requisitos: que tenga una eficacia definitiva y que sea jurídicamente tutelable como marca. En efecto, el estudio de la similitud entre marcas debe efectuarse a partir de analizar los elementos o dimensiones semejantes en su conjunto y versar sobre los aspectos: a) fonético, b) gráfico y c) conceptual o ideológico. En estas condiciones, si las marcas en pugna son mixtas o compuestas, es decir, están conformadas por un elemento denominativo y otro gráfico, debe verificarse, en primer término, cuál es el componente fundamental del diseño, a efecto de determinar el parámetro idóneo para realizar el escrutinio, pues si lo que distingue a la marca es el eslogan o conjunto de letras que forman parte de su diseño, entonces debe realizarse a partir del aspecto fonético, pero si la parte icónica o...

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