Tesis

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TESIS DEL PODER JUDICIAL FEDERAL
TESIS
SEGUNDA SALA
RENTA. EL ARTÍCULO 18, FRACCIÓN I, INCISO C), DE
LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, VIGENTE HASTA EL
31 DE DICIEMBRE DE 2013, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE
PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.
(2a. CXXXIII/2015 (10a.))
S.J.F. X Época. Libro 26. T. II. 2a. Sala, enero 2016, p. 1659
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS
ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL
DÉCIMO PRIMER CIRCUITO
JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL.
PROCEDE, AUN CUANDO SE IMPUGNE UNA OMISIÓN
DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA.- La regla general
de procedencia del juicio de nulidad mencionado es contra
resoluciones de nitivas de la administración pública federal,
previstas en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; la cual admite ex-
cepciones, una de las cuales se actualiza cuando el agravio
se causa por un no actuar, esto es, por una omisión, como
proceder que puede afectar la esfera jurídica del particular.
Por tanto, con base en el principio pro actione y conforme a
los derechos humanos tanto de acceso a la jurisdicción, como
a la tutela judicial efectiva, se concluye que procede el juicio

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