Aviso de Término de la Emergencia por la ocurrencia de lluvias severas los días 20 y 21 de julio de 2010, en 17 municipios del Estado de Oaxaca

Fecha de disposición21 Octubre 2010
Fecha de publicación21 Octubre 2010
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LAURA GURZA JAIDAR, Coordinadora General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, fracción IX de la Ley General de Protección Civil; 10, fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; y el artículo 11, fracción III del Acuerdo que establece los Lineamientos para emitir las Declaratorias de Emergencia y la utilización del Fondo Revolvente FONDEN (LINEAMIENTOS), y

CONSIDERANDO

Que el día 30 de julio de 2010 se emitió Boletín de Prensa número 297/10, mediante el cual se dio a conocer que la Coordinación General de Protección Civil declaró en emergencia a los Municipios de El Barrio de la Soledad, Matías Romero, San Agustín Chayuco, San Andrés Huaxpaltepec, San Juan Guichicovi, San Lorenzo, Santa Catarina Mechoacán, Santa María Chimalapa, Santa María Huazolotitlán, Santa María Petapa, Santiago Ixtayutla, Santiago Jamiltepec, Santiago Pinotepa Nacional, Santiago Tetepec, Santo Domingo Petapa, Tataltepec de Valdés y Villa de Tututepec de Melchor Ocampo del Estado de Oaxaca, por la ocurrencia de lluvias severas los días 20 y 21 de julio de 2010, misma que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el día 9 de agosto de 2010.

Que con fundamento en el artículo 11, fracción II inciso c) de los LINEAMIENTOS, la Dirección General de Protección Civil, mediante oficio número DGPC/1071/10, de fecha 13 de octubre de 2010, dictaminó sobre la condición actual en que se encuentra la población afectada por la situación de emergencia, en el cual se indica que el Gobierno de la entidad no ha entregado oportunamente la información actualizada sobre las afectaciones, la atención de la emergencia y el diagnóstico actualizado de necesidades, por lo que se puede dar por concluida la vigencia de la Declaratoria de Emergencia.

Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:

AVISO DE TERMINO DE LA...

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