Termina Corte con era del sindicalismo único

AutorVíctor Fuentes

MURAL/México

México.- En una decisión inédita, histórica e inapelable, la Suprema Corte de Justicia de la Nación puso ayer fin a décadas de que los sindicatos únicos podían controlar el contrato colectivo de trabajo y todas las plazas de una empresa.

El máximo órgano judicial declaró inconstitucional la llamada cláusula de exclusión, el instrumento legal utilizado por todos los sindicatos desde 1934 para que únicamente sus miembros pudieran ser empleados de cualquier empresa privada o estatal.

En concreto, la Segunda Sala del máximo tribunal determinó que dos artículos de la Ley Federal del Trabajo violan la garantía constitucional de libre asociación, al permitir que en los contratos colectivos se incluya una cláusula que obliga a los patrones a despedir a los empleados que renuncian al sindicato o son expulsados de éste.

A partir de hoy, todo aquel trabajador que sea despedido por renunciar a su sindicato podrá demandar para ser reinstalado en el puesto. Además, las empresas no podrán negarse a negociar con más de un sindicato.

"Con la cláusula de exclusión se obliga a un trabajador a pertenecer a un sindicato, cláusula que debe desaparecer, pues se corre el riesgo de que se aplique para dar fuerza a los sindicatos fundándose en el terror de los trabajadores, consistente en que si renuncian a un sindicato pueden perder su empleo", dice la sentencia aprobada por unanimidad por los cinco Ministros de la Segunda Sala.

La cláusula de exclusión se aplicó por primera vez en 1934 y, desde entonces se incluye rutinariamente en todos los contratos colectivos de trabajo, con la idea de que la clase obrera debe unirse para tener mayor fuerza de negociación ante los patrones.

Para tener una idea de la importancia de la decisión, basta un número. En los últimos 7 años fueron registrados más de 32 mil contratos colectivos, y la mayoría contemplan la cláusula de exclusión.

Los Ministros desecharon los argumentos de solidaridad obrera y consideraron que la garantía individual de pertenecer o no a una asociación "es ejercida por cada trabajador en lo personal".

"Muchos preceptos de la Ley Federal del Trabajo tendrán que irse modificando para lograr su adecuación a la posibilidad de la existencia de varios sindicatos en una sola empresa", agrega la sentencia.

Lo paradójico del asunto, es que el caso fue llevado a la Corte...

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