Tercer Concurso para la selección de las y los peritos médicos que serán adscritos a la Unidad de Peritos Judiciales.

Fecha de publicación15 Agosto 2023
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SecciónUNICA. Poder Judicial
TERCER Concurso para la selección de las y los peritos médicos que serán adscritos a la Unidad de Peritos Judiciales
TERCER Concurso para la selección de las y los peritos médicos que serán adscritos a la Unidad de Peritos Judiciales. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Unidad de Peritos Judiciales.
CONVOCATORIA
En atención a lo dispuesto en los artículos 101 y 103 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de laFederación; 899-G de la Ley Federal del Trabajo; 40, fracción XVII Bis, 98 Nonies y 98 Decies, fracción I, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; 3, 4, 6, 7, 8 y 9 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la selección, integración y evaluación del personal especializado de la Unidad de Peritos Judiciales; y la emisión de dictámenes periciales relacionados con la materia laboral en auxilio específico de los Tribunales Laborales Federales, la Comisión de Carrera Judicial, a través de la Unidad de Peritos Judiciales, convoca al:
TERCER CONCURSO PARA LA SELECCIÓN DE LAS Y LOS PERITOS MÉDICOS QUE SERÁN
ADSCRITOS A LA UNIDAD DE PERITOS JUDICIALES
De conformidad con las bases siguientes:
Primera. Definiciones. Para los efectos de esta convocatoria se entenderá por:
I. "Acuerdo": Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la selección, integración y evaluación del personal especializado de la Unidad de Peritos Judiciales; y la emisión de dictámenes periciales relacionados con la materia laboral en auxilio específico de los Tribunales Laborales Federales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de septiembre de 2021.
II. "Áreas afines": se consideran estudios en áreas afines a la medicina del trabajo las siguientes: Administración de la Seguridad y Salud en el Trabajo/ Medicina ocupacional/ Salud ocupacional/ Seguridad, higiene y medicina del trabajo/ Seguridad e Higiene Industrial/ Salud e Higiene Industrial; Salud en el Trabajo/ Seguridad, Prevención y Control de Riesgos Laborales/ Salud y Seguridad Laboral.
III. "Comisión": Comisión de Carrera Judicial.
IV. "Concurso": Tercer Concurso para la selección de las y los peritos médicos que serán adscritos a la Unidad de Peritos Judiciales.
V. "Cuidados familiares": Deber de atención, guarda y cuidado de hijos e hijas que no hayan alcanzado la mayoría de edad o de familiares a su cargo que tengan alguna discapacidad.
VI. "Discapacidad": Deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.
VII. "Escuela Judicial": Escuela Federal de Formación Judicial.
VIII. "Jurado": Personas designadas, en reconocimiento a su trayectoria y experiencia profesional, por el Consejo, con la cooperación de instituciones públicas o privadas, ante quienes las peritas y los peritos médicos tendrán que acreditar su pericia técnica en el proceso de evaluación al que se refiere esta Convocatoria y en términos del artículo 5 del Acuerdo.
IX. "Lineamientos": Lineamientos para la celebración de los Concursos de selección de las y los peritos médicos.
X. "Página web de la Escuela Judicial": la página web de la Escuela Federal de Formación Judicial: "https://escuelajudicial.cjf.gob.mx".
XI. "Regionalización": a la estrategia que se implementa a efecto de que las y los peritos adscritos a la Unidad puedan brindar atención a los órganos jurisdiccionales de manera más eficiente y reducir los costos por concepto de viáticos y transportación, a través de la división del territorio nacional en regiones de trabajo basadas en la ubicación geográfica de los órganos jurisdiccionales.
XII. "Unidad": Unidad de Peritos Judiciales.
Segunda Anexos de la convocatoria. Forma parte de la convocatoria cualquier anexo a que se haga referencia en alguna de las bases que integran la misma.
Tercera. Número de plazas concursadas. El concurso tiene como objetivo cubrir 15 plazas de Perita y Perito Médico, con nivel 21 y rango máximo; preferentemente 8 para mujeres y 7 para hombres.
Cuarta. Personas a quienes se dirige. El concurso se dirige a todas aquellas personas que cuenten con estudios especializados en medicina del trabajo y áreas afines y que cumplan con los requisitos indicados en esta Convocatoria.
Quinta. Requisitos que deben de cumplir las personas aspirantes para participar. Las personas interesadas en participar en el concurso deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Poseer la ciudadanía mexicana, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
b) Gozar de buena reputación;
c) Estar legalmente autorizado y capacitado para ejercer la profesión de médica o médico, especializado en medicina del trabajo y áreas afines;
d) No haber recibido condena por delito intencional sancionado con pena corporal; y,
e) Contar con al menos tres años de experiencia profesional vinculada con la medicina del trabajo.
Sexta. Documentos de identificación válidos durante todo el concurso. Durante todo el concurso, las personas participantes podrán identificarse con alguno de los siguientes documentos vigentes y en original:
a) Credencial para votar.
b) Pasaporte.
c) Cédula profesional con fotografía.
Séptima. Formato en que se desarrollará el concurso. La aplicación del concurso se llevará a cabo de forma híbrida, pues las personas aspirantes deberán acudir presencialmente a las extensiones de la Escuela Judicial, en las ciudades que se indican, en donde se les proporcionará acceso a un equipo de cómputo, a través del cual, mediante videoconferencia sostenida con el Jurado, serán examinadas. Las personas integrantes del Jurado estarán concentradas, preferentemente, en las instalaciones de la Sede Central de la Escuela Judicial en la Ciudad de México, o en alguna otra sede del Consejo de la Judicatura Federal. De ocurrir algún hecho extraordinario que modifique el formato del concurso, éste se notificará a las personas participantes mediante el correo electrónico proporcionado por ellas durante su inscripción.
Octava. Temario que rige los contenidos de la evaluación. El contenido sobre el que podrá versar el examen estará definido en el temario que al efecto publique la Escuela Judicial en su página web y será considerado como anexo de la presente convocatoria. Dentro del temario se podrán incluir temas relacionados como conceptos básicos, disposiciones normativas y las normas oficiales mexicanas e internacionales referentes a la justicia en materia de medicina del trabajo y áreas afines.
Novena. Confidencialidad de los materiales de evaluación. La información y los materiales que integren el concurso se mantendrán reservados.
Décima. Abstención de las personas participantes de realizar gestiones durante el proceso de selección. Publicada la convocatoria y durante el desarrollo de todo el concurso, las personas participantes deben abstenerse de realizar trámites, sostener entrevistas o gestionar cualquier cuestión relacionada con su participación en el concurso, con cualquier persona involucrada en la planeación, aplicación y evaluación del proceso de selección, entre las que se encuentran las y los integrantes del Jurado, el Coordinador Académico y la Directora General de la Escuela Judicial, así como el Titular de la Unidad.
Órganos intervinientes
Décima primera. Órganos intervinientes durante el proceso de selección. Los órganos que intervendrán en el desarrollo del concurso en sus respectivas competencias son la Escuela Judicial, el Jurado, la Unidad y la Comisión.
Décima segunda. Atribuciones de la Escuela Judicial. Son atribuciones de la Escuela Judicial:
a) Publicar el temario del concurso;
b) Recibir, revisar y verificar, en conjunto con la Unidad, la información proporcionada por las personas aspirantes durante la inscripción;
c) Analizar las solicitudes de ajustes razonables y adoptar en la implementación del proceso de evaluación...

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