El TEPJF DETERMINÓ QUE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DEL INE CARECE

México, D.F., a 28 de octubre de 2015

No.378/2015

El TEPJF DETERMINÓ QUE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DEL INE CARECE DE ATRIBUCIONES PARA EMITIR REGLAS DE LIQUIDACIÓN DE PARTIDOS

*El Pleno consideró fundado el medio de impugnación interpuesto por el PT y estableció que la facultad corresponde al Consejo General del Instituto

*Asimismo, resolvió asuntos relacionados con el dictamen consolidado de la revisión de informes de campaña de los ingresos y egresos de candidatos en San Luis Potosí y Chiapas

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) carece de atribuciones para emitir las reglas generales, en relación con el procedimiento de liquidación de los partidos políticos que no obtuvieron el porcentaje mínimo de votación establecido en la ley, para conservar su registro.

Al resolver el SUP-RAP-0697/2015 y acumulados, el Pleno consideró fundado el medio de impugnación interpuesto por el Partido del Trabajo (PT), y estableció que dicha Comisión se excedió en sus atribuciones ya que esa competencia es exclusiva del Consejo General del organismos comicial.

Se confirma multa por irregularidades en ingresos y egresos en San Luis Potosí

Por otra parte, la Sala Superior confirmó la resolución emitida por el Consejo General del INE, respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y egresos de los candidatos al cargo de gobernador, diputados, ayuntamientos, así como candidatos independientes, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2014-2015, en San Luis Potosí.

Al resolver el SUP-RAP-0644/2015, el Pleno indicó que la multa impuesta al Partido Revolucionario Institucional (PRI), con motivo de dichas irregularidades no resulta excesiva ni desproporcionada.

Se revoca resolución del INE relacionada con la revisión de informes de campaña en Chiapas

Por otro lado, al resolver el SUP-RAP-0655-2015 y SUP-RAP-0687/2015, el Pleno revocó la resolución del INE, respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de informes de campaña de los ingresos y egresos de los candidatos a los cargos de diputados locales y ayuntamientos, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2014-2015, en Chiapas.

En este caso, se determinaron fundados los conceptos de agravio interpuestos por el Partido Verde Ecologista de...

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