Acuerdo por el que se suspenden temporalmente los servicios de los sistemas informáticos que administra la Secretaría de la Función Pública

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. JULIÁN ALFONSO OLIVAS UGALDE, Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas, en ausencia del Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 18 y 37, fracciones XV, XVII, XXVI y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el artículo segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1; 3, fracción III; 8, fracción XV; 35 a 38; y 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y 6, fracción I; 7, fracción XII y 86 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 señala que las políticas y los programas de la Administración Pública Federal deben estar enmarcadas en un Gobierno Cercano y Moderno orientado a resultados, que optimice el uso de los recursos públicos, utilice las nuevas tecnologías de la información y comunicación e impulse la transparencia y la rendición de cuentas.

Que en el ámbito de las atribuciones de la Secretaría de la Función Pública, le corresponde recibir y registrar las declaraciones patrimoniales que deban presentar los servidores públicos de la Administración Pública Federal, y verificar su contenido mediante las investigaciones que fueren pertinentes de acuerdo con las disposiciones aplicables.

Que en congruencia con lo señalado en el considerando que antecede, esta Secretaría proporciona diversos servicios de alto impacto ciudadano a través del uso de sistemas informáticos, entre los cuales se encuentra "DeclaraNet Plus" y "Consulta Pública de Declaraciones Patrimoniales de Servidores Públicos", cuya óptima operación requiere de su actualización, a fin de aprovechar los beneficios de seguridad, confiabilidad y disponibilidad que proporcionan las nuevas tecnologías.

Que a fin de estar en posibilidad de llevar a cabo la actualización de la plataforma tecnológica que sustenta los referidos sistemas informáticos y continuar garantizando la seguridad, calidad y adecuada operación de los servicios que se proporcionan a través de dichos sistemas, resulta indispensable...

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