Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 4-57-24 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido Chencoh, Municipio de Hopelchén, Camp. (Reg.- 226

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 4-57-24 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido Chencoh, Municipio de Hopelchén, Camp. (Reg.- 226)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio sin número de fecha 10 de enero del 2001, el Gobierno del Estado de Campeche solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 4-57-23.95 Has., de terrenos del ejido denominado CHENCOH , Municipio de Hopelchén del Estado de Campeche, para destinarlos a la construcción de la carretera Pich-Chencoh, tramo libramiento Chencoh, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley. Iniciando el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 4-57-24 Has., de temporal de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 18 de agosto de 1927, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 1927 y ejecutada el 13 de noviembre de 1927, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido CHENCOH , Municipio de Hopelchén, Estado de Campeche, una superficie de 1,654-48-69 Has., para beneficiar a 46 capacitados en materia agraria; por Resolución Presidencial de fecha 24 de julio de 1940, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de septiembre de 1940 y ejecutada el 7 de agosto de 1940, se concedió por concepto de primera ampliación de ejido al núcleo ejidal CHENCOH , Municipio de Hopelchén, Estado de Campeche, una superficie de 33,580-00-00 Has., para beneficiar a 46 capacitados en materia agraria; y...

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