Temen por tecnicismos 'boom' de liberaciones

AutorVíctor Fuentes y Antonio Baranda

MÉXICO.- La liberación de un secuestrador condenado a 34 años de cárcel por un tecnicismo ha prendido la alerta de víctimas y especialistas, ya que este tipo de casos pueden repetirse en todo el País.

Carlos Mendoza, especialista en temas de seguridad, advirtió sobre la posibilidad de que este riesgo se generalice en la aplicación de la justicia.

"La preocupación es que en esta ola, que va a seguir en prácticamente todo el País, se empiecen a colar delincuentes de alta peligrosidad que por tecnicismos o por una interpretación muy estricta de los jueces, en el sentido de la aplicación ortodoxa del debido proceso, vayan a ser liberados y ocasionen un daño muy fuerte e irreparable para la sociedad", expuso.

Mendoza subrayó que tanto las Procuradurías como los tribunales de justicia deben ser mucho más cuidadosos y tomar decisiones con responsabilidad social para evitar la salida de delincuentes.

Por ejemplo, un secuestrador condenado a 34 años de cárcel está libre por un tecnicismo. El empresario José Antonio álvarez identificó categóricamente, una y otra vez, a Isidro Solís Medina como uno de los hombres que lo secuestraron en la Colonia Buenos Aires el 29 de agosto del 2008.

Ocho años después, Solís está libre, absuelto por un tribunal federal de Toluca que aplicó en su favor jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia en 2015.

Este lunes, Nelson Vargas denunció que Solís también estuvo involucrado en el secuestro y asesinato de su hija Silvia, en 2007, pero el testimonio del empresario José Antonio era el que había permitido probar la responsabilidad del acusado.

En junio del 2015, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal en Toluca resolvió que fue inválida la diligencia del 18 de diciembre del 2008 en la que Álvarez identificó a Solís en la llamada cámara de Gesell, porque este último no tenía abogado defensor presente como exige ahora la Corte.

De nada sirvió que Álvarez confirmara el reconocimiento durante el juicio contra Solís en careos realizados el 2 de septiembre del 2010 y el 25 de abril del 2011.

Los Magistrados José Pérez Rodríguez, Selina Avante Juárez y Juan Pedro Contreras Navarro resolvieron que como el testimonio de Álvarez era la única prueba contra Solís, éste debía ser absuelto, aunque estaba probada la existencia del secuestro y de una banda que cometió al menos tres plagios.

En Nuevo León, decenas de detenidos implicados en ejecuciones y plagios cometidos durante la ola violenta que azotó al Estado en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR