Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 492/97, relativo a la ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado San Antonio Tecocomulco Tres Cabezas, Municipio de Cuautepec, Hgo

Fecha de disposición27 Agosto 1999
Fecha de publicación27 Agosto 1999
EmisorTRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 492/97, relativo a la ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado San Antonio Tecocomulco Tres Cabezas, Municipio de Cuautepec, Hgo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver el juicio agrario número 492/97, que corresponde al expediente número 1458, relativo a la solicitud de ampliación de ejido promovida por un grupo de campesinos del poblado denominado "San Antonio Tecocomulco Tres Cabezas", ubicado en el Municipio de Cuautepec, en el Estado de Hidalgo, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- Por Resolución Presidencial de quince de marzo de mil novecientos treinta y nueve, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el doce de mayo del mismo año, se concedió al núcleo mencionado, por concepto de dotación de tierras una superficie de 1,306-44-00 hectáreas, para beneficiar a 67 campesinos capacitados. Dicha resolución fue ejecutada parcialmente en 1,280-44-00 hectáreas, el diecisiete de noviembre de mil novecientos treinta y nueve.

SEGUNDO.- Por escrito de dieciocho de noviembre de mil novecientos treinta y nueve, los vecinos del poblado "San Antonio Tecocomulco Tres Cabezas", solicitaron al Gobernador Constitucional del Estado, primera ampliación de ejido, y señalaron como predios presuntamente afectables "los sobrantes de la Hacienda Santa Ana Chichicuatla y su anexo La Cuchilla y Rancho El Coyuco".

TERCERO.- El veintidós de noviembre de mil novecientos treinta y nueve, la Comisión Agraria Mixta instauró el expediente con el número 1458.

La solicitud de referencia fue publicada en el Periódico del Gobierno del Estado el veinticuatro de junio de mil novecientos cuarenta y uno.

El Comité Particular Ejecutivo quedó integrado por Ranulfo Lazcano G., Matías Jiménez Domínguez y Maximino Lechuga G. Matías Jiménez Domínguez y Maximino Lechuga Hernández, de acuerdo a lo solicitado por los propios promoventes.

CUARTO.- Para llevar a cabo la investigación sobre el aprovechamiento de los terrenos concedidos en dotación al núcleo solicitante, fue designado el ingeniero Rodolfo Monroy de la Torre, manifestando en su informe de veintidós de diciembre de mil novecientos cincuenta y tres, que aquéllos se encuentran total y debidamente explotados.

Los trabajos censales fueron realizados por Leobardo Guzmán Paredes y el resultado lo hizo saber el tres de marzo de mil novecientos ochenta: encontró ciento cuarenta y dos capacitados.

QUINTO.- Entrega de terrenos de la Laguna de Tecocomulco. "El 27 de junio de mil novecientos ochenta, la entonces Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos llevó a cabo la entrega provisional a la Secretaría de la Reforma Agraria, para cumplimentar el acuerdo de 22 de septiembre de 1943, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de noviembre del mismo año, de los terrenos que la Comisión Nacional de Irrigación, con motivo de la reducción parcial que llevó a cabo el vaso de la Laguna de Tecocomulco, que estaba comprendido dentro de la cota 2,515.70 y 2514.39 metros sobre el nivel del mar que quedaron al descubierto, señalando los mismos en el plano VM-A-H 0675 de marzo de 1980, elaborado por la Residencia de Aprovechamiento Hidráulicos de la Representación General en el Estado de Hidalgo y el Valle de México, de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos.."

SEXTO.- El dieciocho de noviembre de mil novecientos noventa y uno, la Comisión Agraria Mixta emitió dictamen proponiendo negar la acción por falta de fincas afectables dentro del radio legal.

El Gobernador de la entidad, emitió su mandamiento en iguales términos que la Comisión Agraria Mixta el veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y uno, y la publicación de su mandamiento en el Periódico Oficial no obra en autos.

SEPTIMO.- El tres de julio de mil novecientos noventa y tres, el Delegado Agrario emitió su opinión en sentido positivo, proponiendo la afectación de 194-75-39 hectáreas que están en posesión de los solicitantes.

OCTAVO.- La Coordinación Agraria en el Estado de Hidalgo, comisionó al ingeniero Vicente David Olvera Villegas para que realizara los trabajos técnicos e informativos, mismos que rindió su informe el tres de marzo de mil novecientos noventa y tres, manifestando:

"...que llevó a cabo el levantamiento topográfico y que llevó a cabo la localización de los terrenos en posesión de campesinos solicitantes de "Tecocomulco Tres Cabezas" contemplados estos terrenos dentro de las cotas 2,514.30 y 2515.70, el cual arrojó una superficie de 194-75-39.27 hectáreas, marcadas en el plano como polígono No. 11".

NOVENO.- El...

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