Decreto por el que se aprueban las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones para el Ejercicio Fiscal 2005, del Municipio de Corregidora, Qro.

Fecha de disposición24 Diciembre 2004
Fecha de publicación24 Diciembre 2004
Número de Gaceta72
24 de diciembre de 2004
LA SOMBRA DE ARTEAGA
Pág.
3159
Artículo Segundo.
El presente Decreto aplica para el ejercicio fiscal 2005.
LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y
MANDARÁ SE IMPRIMA, PUBLIQUE Y OBSERVE.
DA
DO EN EL SALÓN DE SESIONES “CONSTITUYENTES DE 1916-1917” RECINTO OFICIAL DEL PODER
LEGISLATIVO, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
A T E N T A M E N T E
LIV LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO
MESA DIRECTIVA
DIP. HIPÓLITO RIGOBERTO PÉREZ MONTES
PRESIDENTE
Rúbrica
DIP. JOSÉ EDMUNDO GUAJARDO TREVIÑO
SEGUNDO SECRETARIO
Rúbrica
Lic. Francisco Garrido Patrón, Gobernador Constitucional del Estado de Querétaro, en ejercicio de lo
di
spuesto por el artículo 57 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro
Arte
aga; expido y promulgo el presente Decreto por el que se aprueban las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y
Construcciones para el Ejercicio Fiscal 2005, del Municipio de Colón, Qro.
;
en el Palacio
de la Corregido
ra, sede del
Poder Ejecutivo del Estado, el día veintitrés del mes de diciembre del año dos mil cuatro, para su debida
publicación y observa
n
cia.
LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL EST
ADO
Rúbrica
LIC. JOSÉ ALF
REDO BOTELLO MONTES
SECRETARIO DE GOBIERNO
Rúbrica
LIC. FRANCISCO GARRI
DO PATRÓN,
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, a los habitantes
del mismo, sabed que:
LA QUINCUAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 40 Y 87 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEAGA, Y
CONSIDERANDO
1.
- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 115 fracción IV inciso c) de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y 87 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, los
Ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, propondrán a las legislaturas estatales las tablas de valores unitarios de
suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
2.
- Que conforme a lo establecido en los artículos 33 fracc ión IV de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Querétaro Arteaga, 28 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro y 30
fracción XXVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; el Ayuntamiento de Corregidora presentó ante la LIV
Legislatura del Estado de Querétaro, el Proyecto de Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción del Municipio de
Corregidora, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2005, mismas que servirán de base para el cobro de las contribuciones sobre la
propiedad inmobiliaria en el ejercicio fiscal 2005
.
3.
-
Que el Ayuntamiento cuenta con información actualizada y fehaciente sobre las contribuciones inmobiliarias.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR